Ludwig Wittgenstein: Derecho y lenguaje

Ludwig Wittgenstein (1889-1991) es considerado uno de los más grandes pensadores del siglo XX, periodo en el que desarrolló su obra filosófica con una muy relevante influencia en el positivismo jurídico, esto es, en la consideración de que el Derecho se constituye como un sistema autorregulado y cerrado que se genera sobre la base de sus propias reglas internas (legitimidad, jerarquía, competencia) sin recibir fundamentos externos que condicionen su obligatoriedad y eficacia.

Wittgenstein es esencialmente un filósofo de la lógica y del lenguaje, de modo que el modelo propuesto en su obra capital Tractatus logico – philososophicus, trasladado al Derecho, sigue estas pautas. La norma jurídica se presenta como una proposición, una frase, que resulta comprensible para sus destinatarios porque se enuncia a través de un lenguaje que entienden; de esta manera, nada existe si no puede verbalizarse, si no puede plasmarse a través de la palabra, que sirve tanto para materializar el mandato jurídico como para concretar aquello que sólo obra en el ámbito de la especulación y de las ideas, plano éste que por su indefinición se descarta como vinculante e incluso como realidad misma, pues la no tangibilidad de las ideas y los pensamientos, al no ser materializados a través del lenguaje, determina que carezcan de eficacia social. Los límites de mi lenguaje son los límites de mi mundo es la célebre síntesis de este postulado filosófico.

Los límites de mi lenguaje son los límites de mi mundo

Ludwig Wittgenstein

Sin embargo, esta primera tesis de Wittgenstein empieza a quebrarse desde el momento en que, aparte de que la norma jurídica se presente a través de una herramienta como es el lenguaje, su aplicación se deriva de que la sociedad estima esa norma como obligatoria, y la razón de su obligatoriedad trasciende al lenguaje, encontrándose en el concepto de regla jurídica. El mismo lenguaje, como instrumento para materializar la norma, tiene unas reglas de funcionamiento (gramática, sintaxis) que son determinadas ex ante, esto es, predeterminadas; constituyen el primer motor del propio lenguaje y se encuentran más allá de las proposiciones o de los enunciados: se trata de una base metalingüística, con todo lo que ello supone para una tesis positivista del Derecho: su relativización o cuestionamiento. Si el lenguaje requiere de reglas metalingüísticas para funcionar, el Derecho (que utiliza el lenguaje para materializarse) requiere de unas reglas de obligatoriedad también, y en su caso, metajurídicas, como sistema reglado que es, de modo que las normas de su funcionamiento no se autogeneran, sino que nacen en algún momento y lugar ajeno al propio sistema, creándolo desde allí.

El propio Wittgenstein, en una segunda etapa de su pensamiento, comenzó a criticar varios aspectos del Tractatus; en particular la limitación del entendimiento del lenguaje a lo puramente gramatical o sintáctico. Porque la comprensión de las proposiciones depende, en verdad, del propio criterio de cada destinatario a título particular. Así la palabra “dolor” no tiene el mismo significado ni se comprende igualmente en todos los individuos. Por ello, en este segundo Wittgenstein lo importante ya no está en la comprensión de la proposición materializada a través del lenguaje, sino del uso que se hace del mismo.

Este uso del lenguaje, en el campo jurídico, equivale a la necesaria interpretación de las normas y ponderación de los derechos, cuestiones que quedan extra muros de la propia norma jurídica y se adentran en criterios de razonamiento y ética del juzgador. En consecuencia, el sentido y eficacia final de una norma jurídica en su aplicación al caso (que es la razón de ser esencial del Derecho) dependerá ya no de cuestiones positivistas, sino de la sana crítica del juez, o del Jurado, que se fundamenta en argumentos, en el mejor de los supuestos, de la razón iusnaturalista; y en el peor, de los sentimientos tan propios de la condición humana.

Para mí, Wittgenstein es el más grande pensador del siglo XX. Su evolución filosófica, la autocrítica a la que se sometió, consciente, en definitiva, de que la materialidad a la que se circunscribió su inicio en el pensamiento adveró progresivamente la existencia de evidentes límites que impedían dar una explicación completa a la realidad, adentrándose con ello en otro plano ontológico, tan necesario como el positivo, ha tenido unas consecuencias esenciales no solo en la Filosofía, sino para la comprensión de que el Derecho no se limita a la norma jurídica escrita, sino que su naturaleza comprende extremos mucho mayores y complejos, en los que verdaderamente reside la realización de la Justicia; tal es así que Wittgenstein reflejó, por medio de su consideración final sobre lenguaje, como una manifestación más de la humanidad que éste constituye, la misma dimensión trascendente del ser humano. 

El sentido del mundo tiene que residir fuera de él y, por añadidura, fuera del lenguaje significativo

Wittgenstein (segunda etapa)

Ludwig Wittgenstein: Derecho y lenguaje
por Diego García Paz


2 comentarios sobre “Ludwig Wittgenstein: Derecho y lenguaje

  1. Excelente post, muchísimas gracias.

    Siempre me ha parecido un personaje de lo más extraordinario.
    Quién ha leído, o ha hecho el intento, de leer a Wittgenstein, sabe de sobra lo complicado que es entender el pensamiento de un autor que, sin lugar a dudas, marcó un antes y después en la Historia de la Filosofía.
    Y del Lenguaje, claro.
    Pero es un verdadero placer porque Wittgenstein era uno de esos personajes que andan por ahí, entre la multitud, tan peculiares y brillantes que es imposible no quedar encantados ante ellos.

    Hay un libro titulado LUDWING WITTGENSTEIN: LA CONSCIENCIA DEL LÍMITE de CARLA CARMONA, que es una maravillosa obra que nos despedaza en pequeños fragmentos lo que antes nos daba vértigo, y se muestra como una maravillosa introducción al pensamiento de este complejo y humano pensador… Sin duda, lo recomiendo.

    Que importante es ser conscientes del hecho de que Wittgenstein tuvo dos períodos de su vida totalmente diferentes, marcados por acontecimientos históricos y circunstancias que le tocó vivir y que le hizo evolucionar en su pensamiento, tanto, que su primera obra terminó siendo para él mismo nada más que puro desecho. Una escalera por la que subes y al subir… Al subir, ya no te hace falta para nada. Cumplió su función. Porque ni de coña, se te pase por la mente bajar con el trabajo que te ha costado subir.

    Así en su primera obra titulada «Tractatus» (y que es brillante en todos los sentidos, tanto que él mismo, al acabarla, creía haber resuelto de un modo definitivo los problemas esenciales de la lógica y afirmaba que ya no cabía hacer nada más en filosofía, por tanto, tenía que abandonar la filosofía para ser coherente con su pensamiento, y así lo hizo) se expresa la estrecha vinculación estructural que hay entre mundo y lenguaje, de ahí su famosa frase «Los límites de mi lenguaje son los límites de mi mundo», porque el lenguaje, el pensamiento y el mundo comparten algo: la forma lógica.
    Y por eso podemos describir el mundo.

    En la segunda obra, que marca su segundo período, titulada «Investigaciones filosóficas», Wittgenstein cambia totalmente su visión -su perspectiva al ver el mundo, nunca mejor dicho- y afirma que no hay que profundizar en las estructuras lógicas del lenguaje (eso es precisamente lo que ha hecho la filosofía y ¡Vaya la que ha montado!), sino que es suficiente con estudiar las reglas del lenguaje, ser consciente de los juegos del lenguaje.
    También insiste mucho a largo de toda la obra en que nuestro interior no es nuestro ni está oculto, sino que está expuesto, al igual que tu interior y el de aquel otro y otro. Nuestros interiores son públicos. Lo que tú sientes, yo también he podido sentirlo, aunque no lo haya sentido antes. Esto es así porque el lenguaje, incluido el de mi interior, está regido por unas reglas establecidas por convección en las que yo mismo (y tú) he sido adiestrado.
    Vemos cómo para acabar con todos los problemas fantasmales que nos hemos creado, basta con enfocarlo todo desde un punto de vista del lenguaje: ¡LAS PALABRAS SON ACCIONES!», dice.
    Fijaros si es importante esa rotunda afirmación.

    A mi me fascina la evolución de su pensamiento y como su primera obra contradice -e incluso- derriba a la otra (no es que no tuviera más obras, porque de hecho las tiene, pero estas son sus principales, la segunda, por cierto, no la vio publicada).
    En fin, es imposible resumir todo su pensamiento en unas líneas…

    Mira el azul del cielo y dite a tí mismo: «¡Qué azul es el cielo!».
    Díselo a otro. Un acto espontáneo. Así de sencillo es.
    Olvídate de preguntarte cosas como ¿por qué es azul? ¿es el mismo azul que su azul? ¿cómo se que es azul? Bla BLA bla BLA.

    ¡Qué azul es el cielo!
    Y punto.

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    1. Muchas gracias, qué cierto es que Wittgenstein es el filósofo del siglo XX y el referente para los tiempos venideros. Sus planteamientos, para mí, son el reflejo de lo que la humanidad crítica y perfecta debería ser: con consciencia de sus límites, y con la capacidad (o la humildad) de asumirlos y de considerar que más allá de esa frontera no es que no haya nada, sino que puede haber mucho más, incluso lo que realmente define al ser humano. Y para el Derecho, las consecuencias son las mismas.

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